14-6-2012
La jueza penal Gabriela Merialdo procesó sin prisión a uno de los propietarios del boliche «Tres Perros» del barrio Buceo por ejercer «actos de desprecio y discriminación» contra el activista a favor de las minorías sexuales, Fernando Frontán, informó hoy el semanario Búsqueda.
La decisión de la magistrada no tiene antecedentes en la jurisprudencia uruguaya. Según el fallo, el propietario echó del pub a Frontán luego de advertirle que debía sacarse una caravana que tenía en la oreja izquierda si quería permanecer en el local.
Sin embargo, la jueza entendió que eso fue tan solo una excusa y que su «verdadero motivo» era discriminar al denunciante debido a su orientación sexual.
«Esta es la primera vez que se procesa a alguien por discriminación y que por los carriles institucionales se llega a que este tipo de conductas no quede impune», afirmó la abogada de Frontán, Michelle Suárez.
Frontán por su parte dijo a Búsqueda que «este caso tiene que servir como un ejemplo, como una enseñanza para toda la sociedad».
El auto de procesamiento establece que Frontán concurrió al boliche ubicado en Francisco Bauzá 3500 para celebrar el cumpleaños de una amiga. Al llegar, la persona que lo había invitado lo estaba esperando en la puerta. Luego ingresaron y se acomodaron en las mesas ocupadas por unas 20 personas que estaban festejando el cumpleaños.
Según la crónica del semanario, sobre la medianoche se acercó al involucrado y le exigió por orden de «uno de los dueños» que se sacara una caravana que llevaba puesta en la oreja izquierda o, de lo contrario, tenía que abandonar el local.
De acuerdo al relato de los hechos ocurridos después, Frontán se negó y el guardia le repitió la amenaza. Entonces, el primero preguntó el motivo de tal decisión ya que en el local había mujeres con caravanas.
La conversación fue subiendo de tono hasta que Frontán solicitó hablar con el encargado del lugar, pero el guardia de seguridad dijo que eso no era posible ya que la determinación obedecía a una «política de la casa».
«Finalmente la víctima fue compelida a abandonar el lugar», expresó la jueza en la sentencia.
Durante la investigación judicial, uno de los propietarios del boliche dijo que el tema de las caravanas es una política de la casa y que había tomado esa determinación «por razones de seguridad».
«Dicha excusa no se compadece con la situación ´palmariamente clara que en el local había mujeres con caravanas y hombres también, y que el indagado fue el único concurrente obligado a sacarse la caravana o abandonar el local», reflexionó la jueza Merialdo.Por eso entendió que la situación es lindante con el delito de discriminación previsto en el artículo 149 del Código Penal.